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jueves, 17 de febrero de 2011

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¿ Que es un plan de pensiones ?

Es una modalidad de ahorro que complementa a a las coberturas de la Seguridad Social española, es decir, las pensiones, que se recibe en el momento de la jubilación pero que no sustituye a estas (las pensiones). Son instrumentos de previsión libre y voluntaria, creadas a favor del beneficiario y basada en una serie de aportaciones económicas que redituarán en futuras prestaciones a sus participantes. generalmente esos ahorros se invierten en un fondo de pensiones con una serie de gratificaciones fiscales específicas que luego comentaré.


Composición de un plan de pensiones

Beneficiarios: son aquellas personas físicas que habiendo sido partícipes han pasado a situación de cobro de prestaciones. Si fallece el partícipe, el/los beneficiarios pasan  a ser el/los designados en el contrato del plan de pensiones.
Entidad gestora: quien se encarga de gestionar el dinero. Responsable y encargada de controlar las cantidades invertidas en el plan asi como de informar a los participantes sobre como evoluciona el valor del fondo. Esta entidad debe estar inscrita en la Dirección General de Seguros y debe tener autorización de la Administración para poder operar.
Entidad depositaria: puede ser la misma que la entidad gestora y es aquella donde se deposita el dinero. Estas entidades tienen unos gastos en forma de comisiones, que son: comisiones de gestión (la que cobra la entidad gestora por la remuneración de sus servicios y se dedude diariamente al valor de la unidad de cuenta al plan de pensiones) y comisión de deposito (la que cobra la entidad depositaria por el mantenimiento y custodia de los valores, también se deduce diariamente).
Aportaciones: son las cantidades que el partícipe entrega al plan de pensiones. Hay dos tipos de aportaciones: periódicas y estraordinarias (pueden hacerse en cualquier momento y por la cuantía que se desee).
Sistema de capitalización, mediante el cual se instrumentan los planes de pensiones, acumulando una serie de aportaciones más sus rendimientos con el objetivo de lograr un capital destinado a cubrir cualquiera de las contingencias prevista en el plan.
Prestaciones o derechos consolidados: Consiste en el reconocimiento de un derecho que percibe el beneficiario o el partícipe del plan de pensiones como resulta de la jubilación. Se calcula por el producto del número de participaciones adquiridas por el valor de la participación a una fecha determinada. Está constituido por aportaciones económicas realizadas más ingresos generados por las mismas, menos gastos por las mismas (comisiones de gestión y de depósito), y menos pérdidas o rendimientos negativos que se hayan podido producir.


Fiscalidad sobre las aportaciones.

Toda aportación al plan de pensiones desgrava sobre la BASE IMPONIBLE del partícipe, esto quiere decir que toda la aportación anual se resta íntegra de la base imponible del titular en el I.R.P.F por lo que en la práctica, Hacienda, devuelve un alto porcentaje de la aportación en el siguiente año fiscal.

Desde la reforma fiscal del 1 de Enero de 2007 se establecen unos importes máximos anuales en las aportaciones, 10.000 euros para los menores de 50 años y 12.500 para los partícipes de 50 años en adelante.









¿ Cúando y cómo puedo recuperar mi dinero ?
El plan de pensiones no se puede rescatar salvo en los siguientes casos:
  • Jubilación
  • Fallecimiento del partícipe
  • Supuestos Especiales de Liquidez
                  - Invalidez absoluta y permanente del partícipe
                  - Paro prolongado (más de dos años)
                  - Enfermedad grave
Que decir que si uno fallece no recupera nada... pero los demás casos si.

Las prestaciones se pueden rescatar de tres formas distintas:
  1. En forma de capital. Se recuperan todos los derechos consolidados en un solo pago.
  2. En forma de renta. Se recuperan todos los derechos consolidados en pagos diferidos.
  3. En forma mixta. Un cobro de capital único y simultáneamente la percepción de una renta.



PÁGINAS IMPORTANTES PARA SABER Y PENSAR SI HACERSE UN PLAN DE PENSIONES

http://www.ocu.org/ahorro-e-inversion/planes-de-pensiones-una-fiscalidad-no-tan-maravillosa-como-se-pretende-s23281.htm

http://www.wharton.universia.net/index.cfm?fa=viewArticle&ID=1497

http://www.finanzas.com/noticias/fondos-inversion-planes-pensiones/2010-09-06/340245_como-cuando-tengo-tener-cuenta.html


Mi opinión personal

Con leer los artículos y los informes de estas páginas que he puesto en la parte final del post, no hace falta que escriba mi opinión personal, solo decir que hasta que no estudias estas cosas no te das cuenta de si algúna inversion de este tipo te merece la pena o no, siempre hay que hacer todas las cuentas posibles para conocer si las cosas son rentables o no y leer todas las letras pequeñas que puedas (que tengan que ver con lo que contratas claro...)

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