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domingo, 24 de abril de 2011

CDS (Credit Default Swaps)

¿ Que son ?

Un Credit Default Swap (CDS) es un contrato entre dos partes en el que una de las partes compra protección sobre el riesgo de default (impago) de una cierta cantidad (nocional) de bonos o deuda, de una determinada compañía, durante un plazo especificado, y la otra parte vende esta protección. El comprador paga una prima periódica, denominada “spread”, a cambio del cual, en caso de que se produzca un default, el vendedor compensará al comprador por las pérdidas en esos bonos y el spread se dejará de pagar (la mecánica es muy similar a la de los seguros, en la que se paga una prima anual por una protección sobre ciertas pérdidas contingentes).

Más fácil, son contratos de aseguramiento. Una parte contratante compra protección frente a un evento; por ejemplo, quiere cubrirse frente a la posibilidad de que los MBS (que son unas Obligaciones Garantizadas por Hipotecas, unos títulos valores) pierdan valor, porque los activos subyacentes no proporcionen los ingresos esperados. La otra parte vende esa protección a cambio de un pago, de una prima que proporcionará las compensaciones acordadas en el caso de que el acontecimiento cubierto suceda. Un tipo de compañías, las llamadas aseguradoras monoline, se han especializado en proporcionar este tipo de seguros, en caso de impago, ellas pagan. Esto permite que la calificación crediticia del bono asegurado coincida con la buena calificación de la aseguradora.

 ¿ que ocurre si se producen las pérdidas aseguradas (o default) ?


En caso de que se produzca un default, hay dos opciones: en la primera, el comprador entrega los bonos al vendedor, y el vendedor paga al comprador el nocional entero, lo que se denomina “liquidación física”. La segunda opción consiste en que el vendedor paga al comprador la pérdida de valor de los bonos, lo que se conoce como “liquidación por diferencias”.

Si se produce default de los bonos siguen comprándose y vendiéndose en el mercado; la razón es que su precio no disminuye hasta cero, ya que en la mayor parte de los casos, el mercado espera una recuperación de una parte importante de los flujos prometidos por el bono. Suponiendo una tasa de recuperación del 40%, la pérdida y por tanto la liquidación del CDS sería del 60%

¿ Ventajas para el asegurado, asegurador y emisor de los bonos o títulos ?

  • Al asegurado le permite, a cambio de pagar una prima, protección y elevar la calidad crediticia de los bonos, que están garantizados por la aseguradora.
  • La aseguradora cobra unas sustanciosas primas y si el evento no llega a suceder se embolsaría unos buenos ingresos a cambio de nada, pero si sucede lo contrario tendría que hacerse cargo de las pérdidas cubiertas.
  • El emisor de los títulos al estar interesado en mejorar el rating, puede ser el que compre protección, o el que se la garantice directamente.

Estos instrumentos, que nacieron con la finalidad de permitir cubrirse frente al riesgo, han sido utilizados también con el propósito de especular, ya que permite contratar protección contra algún acontecimiento ligado a un título sin necesidad de ser el dueño de ese título. Es decir, yo puedo comprar una protección contra la posibilidad de que haya impagos hipotecrios y unbono de primeras pérdidas pierda todo su valor, sin necesidad de tener el bono. Pago la prima a la aseguradora y, si el bono pasa a valer 0, me pagan la cuantía cubierta sin necesidad de que tal bono haya estado nunca en mi poder. esto permite realizar apuestas sobre un acontecimiento. Permite especular de forma barata. Desde el punto de vista del asegurador, puede resultar un acuerdo atractivo ya que ingresa dinero por las primas sin hacer nada a cambio.

Todo esto se ha poularizado y los CDS han alcanzado cifras enormes y han ido sirviendo para hacer atractivos unos títulos que muchos de ellos tóxicos.

¿ Que pasa si me sale todo mal ?

Teóricamente las dos formas de liquidación suponen la misma transferencia neta. No obstante, en la práctica, el valor de mercado de los bonos en default puede oscilar mucho. Un caso notable fue el de la empresa Delphi, en la que en el momento del default la suma de los nocionales de los CDS era muy superior al nominal total de los bonos subyacentes (decenas de veces superior). Como la mayor parte de los contratos CDS contemplaban liquidación física en caso de default, gran parte de los compradores de protección se vieron obligados a la entrega de los bonos a los vendedores en la liquidación de los CDS, lo que provocó un exceso de demanda que puntualmente impulsó el precio de los bonos en default muy por encima de su valor “razonable”.

Mi opinión personal

Quien lo iba a pensar... seguros para la compra-venta de títulos con riesgo... claro que si no fuesen con riesgo para que se aseguraban sino. Pues me parece un buen invento a no ser que se llegue hasta cierto punto, como asegurar unos titulos tóxicos que estan respaldados por hipotecas con riesgo a que no sean pagadas, pero no solo unos poco sino millones de títulos que al final salen mal y ni el Estado podría hacerse cargo de las deudas resultantes (que siemrpe puede por que al final se emite de billetes lo que  se necesitan, el Banco Central Europeo y la FED). Es lo que pasa por la escasa información que se ofrece o la que se esconde. Estas aseguradoras han sufrido y mucho la crisis actual.

FUENTES

http://blogs.cincodias.com/inversion/2008/02/cmo-transfieren.html

Álvaro Anchuelo Cego y Miguel Ángel García Díaz. La economía edificada sobre arena. Causas y soluciones de la crisis económica. Primera edición. Madrid: ESIC EDITORIAL. 2009.

1 comentario:

  1. gracias por vuestro blog!
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